Tenga en cuenta que al momento de ingresar al país deberá contar con una póliza de salud que permita la cobertura ante cualquier contingencia de salud, no obstante si no la adquirió y no tiene capacidad de pago, se le garantizará la atención inicial de URGENCIAS, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 168 de la Ley 100 de 1993, en concordancia con el artículo 67 de la Ley 715 de 2001 y Ley 1751 de 2015.
Para obtener los beneficios del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), es necesario inscribirse a una entidad promotora de salud (EPS). Recuerde que debe contar con algunos de los siguientes documentos de identificación:
– Cédula de extranjería, carné diplomático o salvoconducto de permanencia, según corresponda.
– Pasaporte de la Organización de las Naciones Unidas para quienes tengan la calidad de refugiados o asilados.
– Pasaporte para menores de siete (7) años.
Para realizar la afiliación de su núcleo familiar, debe presentar los respectivos documentos de identificación, así como aquellos que acrediten el parentesco con el cotizante o cabeza de familia.
Una vez cuente con los documentos de identificación válidos tenga en cuenta lo siguiente:
– Si es empleado, trabajador independiente o tiene capacidad de pago, deberá afiliarse y cotizar al régimen contributivo.
– Para afiliarse al régimen subsidiado deberá aplicarse la encuesta SISBEN y estar clasificado en el nivel I y II.
– Para solicitar la aplicación de la encuesta deberá acercarse a la respectiva alcaldía o secretaría de planeación del municipio de residencia.
– Si no cuenta con los documentos mencionados para realizar la inscripción a la entidad promotora de salud (EPS), deberá acercarse a una oficina de migración Colombia, para realizar la expedición de alguno de los documentos válidos para la afiliación a una EPS.